REGLAMENTO GENERAL DEL CLUB

Normas básicas de convivencia y respeto
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Mola
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REGLAMENTO GENERAL DEL CLUB

Mensajepor Mola » Dom, 18 Sep 2011, 19:21

CAPÍTULO I: EL REGLAMENTO
ARTÍCULO 1.- Disposiciones Generales.

1. El presente Reglamento es de cumplimiento obligatorio tanto para socios del Club del Corsa como para todo aquel que participe de sus actividades.
2. Su misión es regular el funcionamiento del Club y establecer ciertas normas de convivencia para mantener el orden y respeto entre sus integrantes.
3. No será excusa para su acatamiento el desconocer su existencia o su contenido.

CAPÍTULO II: EL CLUB
ARTÍCULO 2.- Definición y Objetivos.

1. El Club del Corsa, en adelante “el Club”, es una organización sin fines de lucro creada para fomentar la comunicación, el intercambio y la convivencia entre propietarios y fanáticos del Chevrolet Corsa.
2. Su principal objetivo es brindar las herramientas necesarias para que asociados y visitantes puedan disfrutar tanto del vehículo como del grupo humano en un ambiente de camaradería y amistad.
3. Si bien el Club esta abierto a todos, se ejercerá -acorde a los lineamientos del presente documento- el derecho de admisión y permanencia.

CAPÍTULO III: LOS MIEMBROS
ARTÍCULO 3.- Definición de Socio y Especificaciones.

1. Socio es la persona que participa en cada propuesta de manera responsable y con un marcado espíritu colaborativo. No solo se interesa por las necesidades del Club sino también por las del resto de sus compañeros. Ser socio del Club es una cuestión de actitud. No importa la frecuencia sino la disposición y compromiso en cada una de sus intervenciones.
2. Ser socio también acarrea ciertos derechos y obligaciones expresados en este Reglamento que deben conocerse, respetarse y hacerse respetar.

ARTÍCULO 4.- Categorías de socios.

El Club del Corsa ofrece dos alternativas para poder formar parte activa de su comunidad:

1. Socio Web. Socio Web es la persona que, por diferentes motivos, sólo desea participar del Club a través del Foro o la Web Oficial. Esta categoría brinda acceso exclusivo e ilimitado a todos los mensajes, notas, temas y secciones que el sitio oficial contenga. El socio Web puede ser moderador de temas en el Foro y tiene voz y voto en asuntos relacionados a la Web en general. En caso de participar de algún evento o actividad oficial lo hará como visitante con posibles privilegios.

2. Socio Full. Socio Full es la persona que, además de las ventajas del socio Web, posee acceso ilimitado a todos los beneficios y actividades sociales que el Club ofrece. Esta categoría brinda privilegios exclusivos tanto económicos como personales a los que se accede mediante la credencial oficial. El socio Full posee voz y voto en todos los asuntos generales del Club, puede participar como colaborador o líder de proyecto y formar parte de la Comisión Directiva. El Socio Full deberá renovar su condición (y credencial) anualmente con su respectiva cuota de mantenimiento, si la hubiere.

ARTÍCULO 5.- Socios Honoríficos.

1. Se otorgará el título de Socio Honorífico a toda persona, socia o no, que el Club desee enaltecer ya sea por su representación social o por haber sido parte indispensable en la obtención de ventajas o logros para el Club y/o sus participantes.
2. El socio honorífico quedará exento de cualquier pago y recibirá una credencial única como reconocimiento. En caso de que desee inscribirse o mantenerse como socio activo solo deberá pagar las credenciales anuales quedando la cuota de mantenimiento como un aporte opcional colaborativo.
3. Al igual que todos, cada vez que participe, el socio honorífico tendrá la obligación de respetar y cumplir las reglas de convivencia internas. No tendrá voz ni voto ni podrá ocupar cargos directivos salvo esté inscripto como socio activo (Full o Web).
4. Este reconocimiento podrá entregarse también como despedida y/o agradecimiento a los socios que hayan participado activamente del Club y abandonen las filas ya sea por cambio de residencia, venta del vehículo inscripto o cualquier otra razón que impida seguir formando parte activa del Club de manera definitiva.

ARTÍCULO 6.- Socios Informales o Visitantes.

Las personas que no se inscriban formalmente como Socios Web o Full, o que por alguna razón dejen de serlo, serán recibidas como Socios Informales o Visitantes. Estos podrán participar libremente de los eventos oficiales y la Web dentro de las limitaciones que el Club establezca para los no socios. Ser Socio Informal o Visitante no significa estar fuera del Club sino que igualmente son miembros pero que por alguna razón personal o impedimento deciden no formar parte activa o formal de sus filas. De todas maneras, cada vez que participen deberán acatarse a los Reglamentos y directivas que el Club o sus directivos demanden.
En caso de exceder los límites normales de uso y participación propios de un visitante ocasional o se pretenda acceder a ciertos beneficios, éstos serán persuadidos de asociarse o a colaborar en la manutención del sector o actividad en la que participan constantemente.

ARTÍCULO 7.- Propietarios de otros modelos GM.
El Club del Corsa recibe cordialmente a todos los propietarios y fanáticos de cualquier modelo GM que no tenga un Club oficial formalmente establecido o aun así desee formar parte nuestra comunidad. Estos podrán inscribirse en las mismas categorías que los Corsas y tendrán los mismos privilegios personales según la categoría seleccionada. Si el número de participantes de un modelo determinado lo justifica, se podrán abrir secciones específicas tanto en Foro como en la Web.

ARTÍCULO 8.- Pérdida de la condición de socio.

La condición de socio podrá ser perdida eventual o definitivamente:

a) Por voluntad propia.
b) Por falta de participación en periodos prolongados sin previo aviso o razón conocida (socio Web).
c) Por vencimiento de Credencial Oficial (Socio Full).
d) Por falta grave o sucesivas faltas menores de cualquier Reglamento o indicaciones de la CD.
e) Por dictamen de la Comisión Directiva.

ARTÍCULO 9.- Derechos de los Socios y visitantes.

Los socios del Club del Corsa tienen los siguientes derechos:
a) Participar de todas las actividades y reuniones que el Club organice.
b) Hacer uso ilimitado de los beneficios comerciales que la Credencial Oficial brinde (socios full).
c) Proponer ideas o proyectos para el Club así como actividades recreativas, solidarias, etc.
d) Conocer las decisiones que la Comisión Directiva tome sobre temas trascendentales.
e) Demandar al prójimo el cumplimiento de las normas de convivencia y Reglamentos vigentes.
f) Ser electores y elegibles para los cargos Organizativos y Administrativos (socios Full)
g) Tener voz y voto en todos aquellos asuntos que se sometan a discusión (socios)
h) Ser colaboradores ocasionales o líderes de proyecto (eventos, reuniones, actividades varias)
i) Ser representantes oficiales en eventos donde la CD no pueda hacerse presente (socios Full)
j) Separarse voluntariamente del Club.

ARTÍCULO 10.- Obligaciones de los socios y visitantes.

Los socios del Club del Corsa tendrán las siguientes obligaciones:
a) Conocer, respetar y hacer respetar el presente Reglamento así como los demás documentos normativos propios de cada actividad (Foro, Caravana, etc.).
b) Acatar las órdenes o lineamientos que la CD y sus colaboradores establezcan para mantener el orden en cualquier ámbito sea propio o ajeno.
c) Cuidar y utilizar debidamente tanto los bienes del Club como los de los compañeros.
d) Velar por el buen nombre del Club y mantener una conducta intachable tanto en eventos propios como en todos aquellos lugares a los que se concurra con carácter de socio.
e) Reportar a la CD cualquier anomalía o asunto que pueda atentar contra el normal funcionamiento del Club o la correcta convivencia entre sus participantes.
f) Proporcionar una casilla de E-mail de uso constante para recibir información oficial del Club.
g) Brindar toda la información requerida en las inscripciones de manera verídica.
h) Desempeñar con entrega, lealtad y transparencia cualquier cargo o responsabilidad adquirida

ARTÍCULO 11.- Inscripciones.

1. Para ser admitido en el Club del Corsa Argentina no es necesario poseer un Chevrolet Corsa.
2. Cualquier persona puede formar parte del Club siempre y cuando acepte los términos del presente Reglamento y demás documentos normativos.
3. Cada persona decidirá, según el grado de participación y beneficios pretendidos, en que área desea participar debiéndose inscribir en la misma según requisitos propios de cada sector. La información sobre métodos de inscripción vigentes estará a disposición de los interesados tanto en la Web como en las Reuniones Oficiales.
4. En grupos familiares, podrán asociarse todos sus integrantes, una parte o sólo el propietario/conductor/jefe de familia según los intereses particulares de cada individuo.
5. En caso de no poder participar por extrema lejanía y/o carecer del servicio de Internet, el interesado (local o extranjero) podrá solicitar su credencial y demás distintivos oficiales asociándose con ciertas ventajas y condiciones propias de cada caso.
6. En el caso del Socio Full deberá abonarse una cuota de inscripción que cubrirá los gastos del kit de socio y mantenimiento del primer año. Para el Socio Web será opcional.

CAPÍTULO IV: DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN
ARTÍCULO 12.- Autoridades.

Son autoridades oficiales del Club:
a) Los integrantes de la Comisión Directiva.
b) Los colaboradores o líderes de proyecto que eventualmente sean nombrados.
c) Los conductores de Autos Guía en salidas en Caravana.

ARTÍCULO 13.- La Comisión Directiva.

1. La Comisión Directiva ejerce la Coordinación y Administración General del Club como autoridad máxima.
2. Está formada por dos o más integrantes con diversas responsabilidades fijas y eventuales.
3. Corresponde a la Comisión Directiva las siguientes atribuciones:
a) Representar al Club de manera oficial.
b) Diseñar, promocionar, dirigir y ejecutar las actividades del Club y sus Reglamentos.
c) Nombrar colaboradores y líderes de proyecto.
d) Gestionar y administrar el Club en base a su misión y objetivos.
e) Definir el calendario de actividades por temporada o anualmente.
f) Manejar el presupuesto según necesidades operativas.
g) Velar por los intereses del Club, su crecimiento y el mejor aprovechamiento del mismo.
h) Suspender o expulsar al participante que no respete los lineamientos ni objetivos del Club.
4. La Comisión Directiva no tendrá sesiones ordinarias fijas. En caso de ser necesaria una sesión se coordinará entre sus integrantes la fecha y lugar que podrá o no coincidir con algún evento o reunión oficial.
5. Las decisiones dentro de la Comisión se tomaran por mayoría de votos cantados. En caso de haber un empate se podrá solicitar la opinión de un notable en el tema o someterlo a voto popular.
6. Cuando sea necesaria la presencia de la Comisión por cualquier asunto, bastará con un solo representante.
7. Cualquier resolución adoptada por la Comisión que sea puesta en duda o refutada por uno o más socios, podrá ser apelada dando sus razones a la misma de manera privada y respetuosa, la cual evaluará la postura y dará su respuesta lo antes posible.

ARTÍCULO 14.- Funciones de sus integrantes.

1. Para evitar que el peso de la organización del Club recaiga sobre una persona, cada integrante de la Comisión deberá tener a su cargo, por lo menos, un aspecto particular de la Administración.
2. Dichas actividades serán distribuidas según las posibilidades de cada integrante, por postulación o sorteo.
3. En caso de incumplimiento se lo podrá desplazar de dichas responsabilidades o de la misma CD según la gravedad del caso.
4. Si por alguna razón, un integrante de la CD no puede desempeñar su cargo, responsabilidades o no participa con asiduidad de las actividades oficiales podrá otorgarse, por solicitud del mismo o de la CD, una licencia de ausentismo no superior a un año. Vencido el tiempo, si el integrante de la CD no corrige sus falencias, podrá ser separado de la CD indefinidamente.
5. Si no hay posibilidad de que algún integrante de la CD pueda desempeñar cierta actividad, podrá traspasarse a un colaborador o Socio Full sin que esto signifique que forma parte de la Comisión.
6. De ninguna manera podrá existir un integrante de la CD sin tarea, actividad o responsabilidad asignada por mínima que sea.
7. Las funciones a cubrir serán, por ejemplo:
a) Representante de la CD.
b) Web master
c) Tesorero
d) Secretario
e) Administrador y/o moderador del Foro
f) Coordinador de eventos
g) Merchandising, etc

ARTÍCULO 15.- Representante de la Comisión Directiva.

1. El Club no posee la figura de Presidente o Director. Dado que en varias situaciones es necesario que una sola persona represente al grupo de la CD y/o al Club en general (entrega de premios, discursos, etc.), ésta nombrará un representante que será quien lleve la voz oficial.
2. El cargo de Representante no es fijo. Puede cambiar en cada ocasión y ser ocupado por cualquier integrante de la CD.
3. En caso de que ningún integrante de la CD pueda ejercerlo, se nombrara un Socio Full que tenga las aptitudes necesarias que la ocasión demande.

ARTÍCULO 16.- Los colaboradores.

1. En caso de que la CD necesite apoyo para realizar alguna tarea especifica ya sea fija o eventual, podrá nombrar colaboradores o lideres de proyecto.
2. Estos deberán ser respetados como autoridad dentro de la tarea o proyecto liderado.
3. El colaborador o líder podrá a su vez nombrar, previa autorización de la CD, un equipo de trabajo que lo acompañe en la ejecución de sus responsabilidades.

ARTÍCULO 17.- La Asamblea General.

1. Se entiende como Asamblea General a la reunión de todos los socios con la Comisión Directiva para tratar asuntos de interés general.
2. Dicha Asamblea se realizará solo en Reuniones o eventos oficiales cuando sea necesario.
3. Podrá ser solicitada por la Comisión Directiva o por los socios siempre y cuando la CD lo crea pertinente.
4. La asistencia a la Asamblea es de carácter obligatorio para todos los socios que se encuentren presentes en el momento de inicio o lleguen durante su desarrollo. Pueden estar presentes todas las personas asistentes pero solo tendrán derecho de voto los socios inscriptos salvo el asunto incumba también a los no socios.
5. Las resoluciones se tomarán por simple mayoría de votos cantados.
6. En caso de detectarse un tema durante la semana que deba ser resuelto urgentemente, la CD le podrá dar resolución inmediata sin necesidad de tratarlo en la próxima Asamblea o Reunión Oficial.

ARTÍCULO 18.- Régimen documental.

Será responsabilidad de la Comisión Directiva la administración de todo documento relacionado al Club como:
a) Libro de Registro de Socios
b) Libros de Contabilidad.
c) Toda comunicación recibida o enviada por el Club como cartas, invitaciones, solicitudes, etc.
d) Reconocimientos y constancias de participación.

CAPÍTULO V: RÉGIMEN ELECTORAL
ARTÍCULO 19.- De la Comisión Directiva.

1. Las plazas dentro de la CD son de permanencia voluntaria sin mandato mínimo ni máximo.
2. Sólo podrá ser parte de la CD un socio Full que demuestre plena capacidad organizativa, administrativa y de liderazgo preferentemente sin complicaciones de horarios y que pueda asistir a la mayoría de eventos y reuniones tanto oficiales como extraoficiales.
3. La postulación para formar parte de la CD puede ser de manera personal y espontánea, por invitación de la misma CD o a pedido de los socios.
4. Será la CD vigente quien tome la decisión de incorporar postulantes, invitar directamente a una persona para que se sume como miembro o abrir una vacante publica cuando fuese necesario.
5. En caso de que haya más de un pretendiente a un puesto vacante, será la CD quien decida quien ocupa el cargo. Si hay empate dentro de la Comisión o ésta lo prefiere, se podrá realizar una elección pública.
6. Si se detectase que el grado de participación o comportamiento de un integrante de la CD no son los adecuados, el resto de los integrantes de la CD podrán suspenderlo o desplazarlo indefinidamente hasta que demuestre fehacientemente que puede con las responsabilidades propias del cargo. En caso de que el acusado no este de acuerdo, podrá someter su permanencia a votación popular.
7. Si en algún momento el número de integrantes de la Comisión no basta para desempeñar las actividades necesarias y no haya interesados en formar parte de ella, se nombraran colaboradores cercanos a la CD que puedan desempeñar dicha actividad o responsabilidad sin necesidad de ser nombrados integrantes.

CAPÍTULO VI: RÉGIMEN ECONÓMICO
ARTÍCULO 20.- Patrimonio y sustento.

1. El Club del Corsa es una agrupación privada sin fines de lucro. Todo dinero que el Club perciba por cualquier vía será reinvertido en cuestiones relacionadas al mismo Club como:
- Pagina Web (diseño, mantenimiento técnico, Hosting, registros de dominio, etc.)
- Papelería (Solicitudes, Certificados, Reconocimientos, Flyers de promoción, etc.)
- Comunicaciones (Teléfono, Internet, etc.)
- Elementos de seguridad y ordenamiento (Cintas, conos, señalización, etc.)
- Elementos distintivos del Club (Calcos, credenciales, banderas, publicidad Institucional, etc.)
- Bienes de uso general (gazebos, parrillas, termos)
- Gastos extraordinarios
- Ahorro
2. Para apoyar una gestión económica transparente, todo ingreso y egreso de dinero será detalladamente registrado por la CD y tendrá la obligación de informarlo a quien lo solicite.
3. Cuando exista la posibilidad de sustentar los gastos anuales del Club mediante patrocinadores, sorteos, venta de merchandising o intercambios comerciales la siguiente renovación de los socios podrá ser reducida, cancelada o redirigida a nuevas necesidades o beneficios.
4. En caso de superávit, este se ahorrara para casos de urgencia o especiales.
5. La desvinculación del Club por cuenta propia o por expulsión no otorga el derecho de resarcimiento ni devolución de todo lo aportado mientras fue miembro.

ARTÍCULO 21.- Actividad comercial dentro del Club.

1. Queda totalmente prohibida la actividad comercial dentro del Club. Solo podrán realizarla los patrocinadores oficiales sean o no socios.
2. Los socios podrán intercambiar productos de segunda mano a través de la sección de Clasificados o Compra-Venta del Foro. En caso de que un socio pretenda promocionar algo desprendido de su actividad laboral personal, deberá solicitar autorización de la CD.
3. El Club del Corsa, sus representantes y demás socios se desprenden de toda responsabilidad proveniente del intercambio personal de productos entre sus integrantes siendo éstos los únicos responsables.

ARTÍCULO 22.- Cuota de inscripción y mantenimiento anual.

Cuota de Inscripción: Cuando una persona se registre como Socio Full deberá abonar, por única vez, los gastos de inscripción que incluye el kit de socio y el mantenimiento del primer año. En caso de inscribirse a mitad de calendario, se podrá reducir el costo según cantidad de meses restantes a fin de año.

Cuota de mantenimiento: Anualmente se cobrara a cada Socio Full, de manera adelantada, una cuota de mantenimiento. Dicha cuota será establecida cada año por la CD según cantidad de socios inscriptos, gastos proyectados y demás factores intervinientes en la operación del Club y mantenimiento de la página Web. Con cada cuota anual se entregara una nueva credencial que habilitara al socio por ese siguiente año en todas y cada una de las actividades y beneficios exclusivos pactados para dicha categoría ya que solo podrá hacerse uso de los mismos con la credencial vigente.

Nota: Se recomienda renovar la credencial y la cuota de mantenimiento en el mes de Noviembre para poder entregar las credenciales nuevas el último mes de cada año y comenzar el nuevo con las identificaciones actualizadas.

ARTÍCULO 23.- Cuotas extraordinarias.

1. Se establece como extraordinaria a la cuota que deba cobrarse por fuerza mayor, por alguna necesidad urgente o para un nuevo beneficio desarrollado fuera del estimado anual de la CD.
2. Las mismas podrán ser solicitadas tanto a socios como a no socios si el beneficio adquirido por dicha cuota los involucrara.
3. Este tipo de cuota no es obligatoria. Su pago se tomara como colaboración para cubrir el costo de su ejecución.

CAPÍTULO VII: RÉGIMEN DISCIPLINARIO
ARTÍCULO 24.- El Club y la disciplina de sus integrantes.

1. El Club del Corsa es una comunidad que opera basándose en el respeto, el orden y la tolerancia entre sus integrantes. Más que un Club de autos, aspiramos a ser un Club de amigos, una familia que se elige para pasar un buen rato o aprender un poco mas de nuestro vehículo. Suponemos que cada participante sabe comportarse de manera adecuada y distingue perfectamente donde terminan sus derechos y comienzan los del otro. No pasar esa línea es un asunto indispensable.
2. La disciplina dentro del mismo estará regulada por los mismos miembros. Estos velarán constantemente por mantener el orden y el respeto ya que en materia de disciplina todos son autoridad oficial.
3. En caso de que exista por parte de uno o más integrantes una conducta reincidente que perjudique a socios o al buen nombre del Club, la Comisión Directiva podrá intervenir con un apercibimiento verbal o en caso grave podrá separar momentánea o definitivamente a los responsables en cuestión.
4. En cualquier caso, el miembro que fuera sancionado por la CD podrá apelar teniendo su correspondiente derecho de replica. Luego de este paso, la determinación que adopte la CD, se cambie o se mantenga la sanción inicial, será inapelable y definitiva

ARTÍCULO 25.- De las faltas de los socios y participantes.

Se considerarán faltas las siguientes conductas que se detecten en cualquier actividad del Club:
a) Faltar el respeto al Club o sus miembros, de manera pública o privada.
b) Utilizar de manera desmesurada lenguaje soez frente a damas o menores.
c) Participar o manejar en las inmediaciones de una reunión bajo los efectos de bebidas alcohólicas o drogas que reduzcan el autocontrol o reflejos motrices.
d) Utilizar el auto de manera peligrosa (Coleadas, Picadas, etc.) aun estando lejos del grupo.
e) Hacer caso omiso a los Reglamentos y/o peticiones de la CD.
f) Utilizar el nombre del Club para adquirir beneficios o ejercer falsas representaciones oficiales
g) Prestar, duplicar y/o alterar identificaciones personales oficiales
h) La comisión de un delito según leyes nacionales o locales
i) Todas aquellas conductas que puedan ofender o poner en peligro la integridad de los participantes.

ARTÍCULO 26.- De las faltas de las autoridades.

Se considerarán faltas de las autoridades:
a) Las anteriores faltas establecidas para los socios y participantes.
b) El retraso en la ejecución de las tareas y/o gestiones de manera reiterada.
c) La incorrecta utilización de los fondos.
d) La poca dedicación, responsabilidad y compromiso por el cargo que ocupa de manera voluntaria.

ARTÍCULO 27.- Sanciones

La Comisión Directiva será la responsable de aplicar las sanciones que crea pertinentes a cada falta según la gravedad y antecedentes del implicado. Las sanciones podrán ser:
- apercibimiento verbal en privado o publico
- expulsión inmediata de la actividad que se este desarrollando sin derecho a reintegro alguno
- suspensión en ciertas actividades o totalmente
- expulsión del Club

CAPÍTULO VIII: IDENTIFICACIONES PERSONALES
ARTÍCULO 28.- Credencial Oficial.

1. Cada Socio Full contara con una credencial oficial que le permitirá, entre otras cosas:
- identificarse como socio formal dentro del Club
- identificarse como Socio del Club ante otras agrupaciones o autoridades
- acceder a beneficios internos o económicos con patrocinadores o empresas adheridas.
2. Dicha credencial tiene como vigencia máxima un año que se establece de Diciembre a Diciembre. El último mes del año vencerán todas las credenciales sin importar el mes de su adquisición inicial o renovación. Se recomienda renovar la credencial y la cuota de mantenimiento en el mes de Noviembre para poder entregar las credenciales nuevas el último mes de cada año y comenzar el nuevo con las identificaciones actualizadas. De ninguna manera se permitirá acceder a los beneficios con la credencial vencida.
3. Dentro de la Credencial figurarán los datos mínimos e indispensables para identificar al socio como: Nombre completo, apodo o nick del Foro, patente del vehículo, numero de socio, foto del socio y vigencia de la misma.
4. En caso de abandonar las filas del Club por expulsión o por decisión propia, deberá entregarse la credencial a la CD para su destrucción.
5. Queda terminantemente prohibido facilitar la credencial a terceros para cualquier fin. En caso de percibirse dicha práctica se sancionara tanto al que lo otorga como al que lo recibe.
6. La adulteración, duplicación o emisión fraudulenta de credenciales no solo esta prohibido sino que se sanciona con expulsión directa sin derecho a replica haya o no hecho uso de algún beneficio.
7. En caso de extravío o daño serio a la credencial, podrá solicitarse una copia a la CD quedando a cargo del solicitante el costo de la duplicación.
8. En el caso de las Filiales, todos los socios deberán insciribirse en el Registro unico

ARTÍCULO 29.- Credenciales Opcionales y otras identificaciones oficiales.
El Club del Corsa podrá emitir credenciales opcionales que solo tendrán validez dentro de las actividades a las que se asocien dichas identificaciones.

CAPÍTULO IX: IMAGEN, CONTENIDOS Y NOMBRE OFICIAL
ARTÍCULO 30.- Exclusividad.

Queda terminantemente prohibida sin la adecuada autorización formal de la CD:
- la reproducción de cualquier logotipo oficial del Club en cualquier formato.
- la reproducción de contenidos exclusivos o de autoría propia.
- la utilización del nombre del Club o falsas representaciones oficiales
- la utilización de fotos de vehículos inscriptos o participantes en cualquier medio o con fines publicitarios ya sea de forma total, parcial o retocada.

CAPÍTULO X: FILIALES OFICIALES
ARTÍCULO 31.- Clubes del interior
Cuando el número de socios localizados en un determinado punto geográfico sea el idóneo para formar una comunidad local, éstos podrán agruparse y adherirse al Club como Filial Oficial. Dichos Clubes tendrán la autonomía suficiente para diseñar sus actividades, establecer autoridades, inscribir socios y conseguir beneficios locales siempre que operen bajo los objetivos y normas que el Club del Corsa Argentina establezca en este y otros Reglamentos específicos.

CAPÍTULO XI: REFORMA DE REGLAMENTOS
ARTÍCULO 32.- Actuaciones.

1. El presente Reglamento, así como los demás documentos normativos, sólo podrán ser modificados por decisión y obra de la CD.
2. Cuando un socio o participante tome la iniciativa de alguna inclusión, modificación o enmienda de algún reglamento, deberá presentarlo y argumentarlo ante la CD quien podrá incluir al solicitante en el proceso de renovación.
3. En caso de que algún reglamento sufra modificaciones se deberá informar a todos los participantes vía Mailing o en la siguiente Asamblea General. Sin esta notificación oficial no podrán ponerse en práctica dichas reformas.

CAPÍTULO XII: EXTINCIÓN Y DISOLUCIÓN
ARTÍCULO 33.- Normas y Razones.
1. El Club del Corsa se extinguirá o disolverá:
a) Por acuerdo de la CD que se reunirá a tal fin con todos sus miembros presentes.
b) Por transformación en otra entidad o comunidad.
c) Por imposibilidad de mantener los gastos que el Club demanda para su adecuado funcionamiento.
d) Por escasez de participantes que justifiquen mantener una estructura de comunidad.
2. En caso de disolución o transformación, se deberá remitir un escrito a todos los Clubes, patrocinadores y comercios adheridos informando la decisión.
3. En caso de arreglos comerciales inconclusos en tiempo y forma derivados de la disolución de la Comunidad, se deberán respetar hasta su fin o negociar con el patrocinador.
4. Disuelto el Club su patrimonio monetario, si lo hubiera, se repartirá entre los socios más activos, la Comisión Directiva y su fundador. En caso de bienes materiales, se adjudicaran por común acuerdo o se venderán para dividir el efectivo resultante.

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